Haciéndote socio, podrás ayudar a que ASVAI lleve a cabo los proyectos que desarrolla actualmente con la infancia, ancianidad y el voluntariado.
Si has decido hacerte socio o realizar un donativo puntual, has de saber que ASVAI se encuentra incluida entre las entidades beneficiarias de mecenazgo de acuerdo con lo establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de 2008, y que por ello, tu ayuda te permitirá deducirte estas donaciones en tu declaración de la renta
En 2016 se han incrementado los tipos de deducción aplicables a las donaciones que se realices en favor de ASVAI.
Si eres persona física (IRPF)
Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 en adelante | |
Primeros 150€ | 50% | 75% |
Resto | 27,5% | 30% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) 150€* |
32,5% | 35% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Si eres persona Jurídica (IS)
Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 en adelante | |
Donaciones en general | 35% | 35% |
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * |
37,5% | 40% |
Límite deducción base liquidable | 10% | 10% |
*Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Si eres persona física, en el IRPF correspondiente a 2016 podrás deducirte el 75% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año.
A partir de esa cantidad la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, con un límite del 10% de la base liquidable.
Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrás deducirte el 35% de tus cuotas y/o donativos íntegros. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos la deducción será del 40%, con un límite del 10% de la base liquidable.